De dónde viene

La obligación nace de la Ley 18/2022, «Crea y Crece», y su objetivo declarado no es fiscal sino de lucha contra la morosidad: si todas las facturas entre empresas viajan en formato estructurado y se informa de cuándo se pagan, se puede medir de verdad cuánto tardan las empresas en pagar a sus proveedores.

La ley fijaba la obligación pero dejaba los detalles a un reglamento. Ese reglamento se aprobó el 25 de marzo de 2026.

El reloj todavía no ha empezado

Aquí está la parte que más confusión genera. El reglamento está aprobado, pero los plazos de la ley no se cuentan desde su publicación: se cuentan desde la entrada en vigor de una orden ministerial que debe desarrollar los aspectos técnicos y la solución pública de facturación. Esa orden estuvo en información pública en la primavera de 2026 y, mientras no se publique, no hay fecha de inicio vinculante.

QuiénPlazo
Facturación superior a 8 millones de euros12 meses desde la orden
Resto de empresas y autónomos24 meses desde la orden

Cualquier fecha concreta que leas por ahí es una estimación, no un dato legal firme. Lo que sí está claro es el orden: primero las grandes, y las pymes y autónomos un año después.

Qué va a cambiar en la práctica

No lo confundas con Veri*factu

Son dos obligaciones distintas que conviven, y acabarás cumpliendo las dos:

Veri*factuFactura electrónica B2B
Qué regulaCómo debe comportarse tu programa de facturaciónEl formato y el canal de la factura
Para quéEvitar la manipulación de registrosCombatir la morosidad
A quién se envíaA Hacienda, un registro de la facturaA tu cliente, la factura completa
OperacionesTodas, también a particularesSolo entre empresas y profesionales
Formato de la facturaPuede seguir siendo PDF o papel, con QRObligatoriamente estructurado

Qué conviene hacer mientras tanto

Nada urgente, y eso es una buena noticia: hay margen. Lo razonable es no comprar prisas —ni programas «para cumplir ya» con plazos que no existen— y asegurarse de una sola cosa: que quien lleve tu facturación tenga previsto el cambio y te avise cuando la orden se publique y el reloj empiece de verdad.

Cómo lo hace Taxfii

La normativa de facturación la seguimos nosotros y el programa incluido en tu plan se actualiza con ella. Cuando la orden ministerial fije fechas, verás en tu panel qué te aplica y desde cuándo — sin tener que estar pendiente del BOE ni cambiar de herramienta a última hora.

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Preguntas frecuentes

¿Ya tengo que emitir facturas electrónicas a mis clientes empresa?

No. El reglamento está aprobado desde marzo de 2026, pero los plazos se cuentan desde una orden ministerial que todavía debe publicarse. Hasta entonces no hay obligación exigible.

¿El PDF dejará de valer?

Entre empresas y profesionales, sí: la factura tendrá que ir en un formato estructurado. Durante un periodo transitorio las empresas grandes deberán acompañarla de un PDF, pero el documento válido será el estructurado.

¿Afecta a las facturas a particulares?

No. Esta obligación es solo para operaciones entre empresarios y profesionales establecidos en España. Las facturas a consumidores finales quedan fuera.

¿Tendré que decirle a Hacienda cuándo pago cada factura?

Sí, esa es una de las novedades: el receptor deberá informar del pago efectivo y su fecha a la solución pública, con independencia de la plataforma que use para recibir la factura.

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