El orden correcto: primero Hacienda, después Seguridad Social
Son dos altas distintas en dos organismos distintos, y van en este orden. La fecha de alta en Hacienda debe ser anterior o igual a la del alta en la Seguridad Social, y además el formulario de alta en el RETA te pedirá el código de actividad que has declarado en Hacienda. Si lo haces al revés, te quedas a medias.
Paso 1: el alta censal en Hacienda (modelo 036)
Con el modelo 036 comunicas a la Agencia Tributaria que empiezas una actividad económica: qué vas a hacer, dónde, desde cuándo, en qué régimen de IVA y de IRPF, y qué obligaciones periódicas te corresponden.
Atención a un cambio que muchas webs siguen sin recoger: el modelo 037, la versión simplificada, está suprimido desde el 3 de febrero de 2025. Hoy todas las altas, modificaciones y bajas censales de empresarios y profesionales van por el modelo 036.
El plazo no se cuenta en días: hay que presentarlo antes de iniciar la actividad.
Paso 2: el alta en el RETA
El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se tramita en el portal Import@ss de la Seguridad Social. La regla es la misma —antes de empezar a trabajar— con una ventana de cortesía: puedes solicitarla con una antelación máxima de 60 días.
Darse de alta tarde no es un despiste inocuo: la Seguridad Social reclama las cuotas de los meses en que ya estabas trabajando, con recargo, y puedes perder el derecho a la tarifa plana.
Qué te van a preguntar en el alta
- Epígrafe del IAE y código CNAE de tu actividad.
- Fecha y domicilio de inicio de la actividad.
- Estimación de tus rendimientos netos anuales: de aquí sale tu tramo de cotización.
- Base de cotización elegida dentro del tramo.
- Mutua colaboradora con la Seguridad Social.
- Cuenta bancaria para domiciliar la cuota.
La estimación de rendimientos es la respuesta que más dinero mueve: define lo que pagas cada mes y, si se desvía mucho de la realidad, la regularización anual te pasará factura de golpe. Puedes cambiarla hasta seis veces al año.
El epígrafe del IAE: declararlo sí, pagarlo no
Todo autónomo debe declarar su epígrafe en el 036, pero las personas físicas están exentas de pagar el IAE, sea cual sea su facturación. El impuesto lo pagan sociedades y entidades que superan el millón de euros de cifra de negocios, y aun así con exención durante los dos primeros años de actividad.
Elegir bien el epígrafe importa por otra razón: determina si tu actividad es empresarial o profesional, y de ahí depende que tus facturas lleven retención de IRPF o no, y que tengas que presentar el modelo 130 o no.
¿Hace falta certificado digital?
En la práctica, sí: necesitas identificarte electrónicamente. Valen el certificado electrónico, la Cl@ve Permanente o la Cl@ve PIN. Si no tienes ninguno, obtener el certificado digital es el primer trámite real de tu vida como autónomo — y el que más conviene no aplazar, porque también es la llave de tus notificaciones oficiales.
Los cuatro errores que salen caros
- Alta tardía en el RETA: cuotas atrasadas con recargo y tarifa plana en riesgo.
- Epígrafe mal elegido: te obliga a declaraciones que no te tocan, o te deja sin presentar las que sí.
- Estimar los rendimientos a ojo: la regularización llega un año y medio después y no avisa.
- No revisar las obligaciones marcadas en el 036: es lo que decide si Hacienda te espera cada trimestre. Marcar de más genera requerimientos por no presentar modelos que no te correspondían.
Cómo lo hace Taxfii
El alta la tramitamos nosotros, cualquier día y a cualquier hora — también un domingo por la noche. Tú respondes un cuestionario guiado en tu panel y nosotros elegimos el epígrafe, calculamos el tramo que te corresponde y presentamos las dos altas en el orden correcto. Desde el primer día tienes incluido el programa de facturación para emitir tu primera factura.
Preguntas frecuentes
¿Puedo darme de alta como autónomo de un día para otro?
Sí. El alta censal y el alta en el RETA pueden tramitarse el mismo día, con efectos desde la fecha que indiques, siempre que sea anterior al inicio real de la actividad.
¿Existe todavía el modelo 037?
No. El modelo 037 quedó suprimido el 3 de febrero de 2025. Todas las declaraciones censales de empresarios y profesionales se presentan hoy con el modelo 036.
¿Tengo que darme de alta si voy a facturar muy poco?
La obligación de alta censal en Hacienda existe desde la primera factura. Sobre el alta en el RETA hay un debate antiguo con los ingresos por debajo del salario mínimo, pero el criterio de la Seguridad Social es exigir el alta cuando la actividad es habitual, y los tribunales han resuelto en ambos sentidos. Es una decisión que conviene consultar antes, no después.
¿Puedo darme de baja y volver a darme de alta cuando quiera?
Sí, y en el mismo año natural puedes hacerlo con efectos desde el día exacto. Pero cuidado si estás disfrutando de la tarifa plana: entrar y salir consume meses de bonificación y reactiva los plazos de carencia para volver a pedirla.
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